Análisis de la renuncia a la licitación por valor en la Policía Militar de Alagoas: Soluciones para evitar la división ilegal de gastos
DOI:
https://doi.org/10.33448/rsd-v14i5.48783Palabras clave:
Licitación, Dispensa de licitación, Fraccionamiento ilegal de gastos, Compras públicas, Sistema de registro de precios, Acta de registro de precios.Resumen
El ordenamiento jurídico brasileño establece el deber de licitación para la gestión pública para adquirir bienes y contratar servicios. En cambio, las leyes 8.666, de 21 de julio de 1993, y 14.133, de 1 de abril de 2021, ambas dispositivos legales actualmente vigentes en Brasil, establecen algunas condiciones en las que esta obligación se atenúa. Entre estas posibilidades se encuentra la renuncia a la licitación por el bajo valor. Es una práctica común entre los sectores de contrataciones públicas utilizar este recurso como una forma de reducir la burocracia, sin embargo, el operador debe tener conocimiento legal para no incurrir en el infame fraccionamiento ilegal de gastos y consecuentemente en un delito previsto en la ley de licitaciones. Esta realidad fue estudiada en el ámbito de la Policía Militar de Alagoas (PMAL), mediante una investigación de campo, realizada cuantitativamente sobre el informe de actividades realizadas por la Dirección de Apoyo Logístico durante el año 2021 y cualitativamente a través de una entrevista al Jefe del sector de compras de la Corporación. También se realizó investigación documental sobre legislación nacional y literatura especializada. Pretendemos analizar el proceso licitatorio cuando éste se desiste en el PMAL, en razón del valor del bien o servicio a adquirir, y presentar soluciones para evitar la división ilegal de gastos. Señalando que, de hecho, esta es la principal forma de contratación en Briosa. Se presentaron alternativas a esta práctica, entre ellas, principalmente, la utilización del Sistema de Registro de Precios.
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