Cosa juzgada, acción de rescisión y principio de estabilización de las decisiones judiciales
DOI:
https://doi.org/10.33448/rsd-v10i14.22067Palabras clave:
Estabilización; Acción de rescisión; Seguridad.Resumen
Este artículo analizará los medios por los cuales el acto jurídico puede adquirir estabilidad, que es la estabilización, la preclusión y algo juzgado, de modo que se definirá la diferencia entre estos tres institutos, así como la importancia de la estabilidad del acto jurídico para el orden procesal civil brasileño, la relevancia del principio de estabilización de las decisiones judiciales, y también se abordarán aspectos de la Acción de Rescisión, su naturaleza jurídica y sus hipótesis de aplicación descritas en el padrón fiscal de la legislación procesal, especialmente en lo que respecta al impacto de esta acción en la estabilización de las decisiones judiciales con el fin de examinar si la Acción de Rescisión rompe o no la seguridad y estabilidad esperadas del acto jurídico, también se verifica que la acción de rescisión está refrendada con importancia porque protege el ordenamiento jurídico y también corrige injusticias, concluyendo que no hace falta hablar de una afrenta a la seguridad jurídica.
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